9 de octubre de 2012

Ordenan al Ejido no perturbar la posesión legal de Hidroponía

Con base al expediente civil número 00376/2012, relativo al juicio ordinario civil promovido por Hidroponía Cozumel Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada contra el Ejido de Cozumel, el juez civil de Primera Instancia ordenó a la parte demandada (el Ejido) se abstenga de perturbar la posesión física que tiene la parte actora sobre la servidumbre legal de paso sobre las tierras ejidales.

En relación al tema, el abogado Daniel Domínguez Povedano, explicó que a partir de esta resolución judicial, es probable que se pueda utilizar la fuerza pública para obligar al Ejido Cozumel a despejar el acceso de paso a la servidumbre que bloqueó con material de construcción hace unas semanas.

"El comisario ejidal, David Silva Pinto, mintió al decir que no tiene conocimiento sobre la resolución judicial, pero de cualquier forma, el día de hoy la actuaria del Juzgado se presentó a la Casa Ejidal a entregar una copia del documento, pero desafortunadamente, el edificio se encontraba cerrado a pesar de que el día anterior, la autoridad Judicial dejó un citatorio al señor David Pinto; de todas maneras, el documento fue fijado (como ordena la Ley) en la puerta de la Casa Ejidal para que el Comisariado Ejidal, ya no tenga argumentos para decir que no tiene conocimiento de esta orden judicial", señaló el abogado.

El expediente en mención cita: "....Por cuanto a la medida provisional que solicita el concursante, con fundamento en el artículo 16 del Código de Procedimientos Civiles vigentes en el Estado, apercíbase a la parte demandada, Ejido de Cozumel, para que al momento de llevar a cabo la notificación ordenada en el asunto que antecede, se abstenga de perturbar la posesión física que tiene la parte actora sobre la servidumbre legal de paso sobre las tierras ejidales".

Adicionalmente a este documento, el abogado exhibió a la autoridad judicial el oficio 02/04, emitido por el presidente del Comisario Ejidal José Claudio Góngora Coral, con fecha 29 de abril del 2004, referente a una solicitud de camino de acceso vecinal. El documento señala: "Por medio de la presente tengo a bien informarle que la Asamblea ha aprobado por unanimidad con fecha de 05 de octubre de 2003 la construcción y el camino de acceso a los lotes fracc. 26 (lote 26), fracc. (lote 27); ambos lotes del polígono II de la Reserva Ganadera. Le notifico que deberá respetar los linderos de la parcela del Ejido.

El abogado comentó que este documento tiene validez jurídica, por lo que la Autoridad Judicial ordenó al Ejido liberar el paso de la servidumbre. "No les queda más que liberar el acceso o de lo contrario se estaría ordenando un apremio judicial en contra del Comisariado Ejidal", indicó.

Adicionalmente a este juicio, el abogado recordó que obra en el Ministerio Público del Fuero Común una demanda penal en contra del presidente del Comisariado Ejidal, David Pinto Silva, por la comisión del delito de despojo.

"Del primer caso, relacionado al juicio civil, el asunto es de dinero; a partir de ahora el Ejido deberá pagar todos los perjuicios que ha ocasionado, y en el segundo caso, que es la vía penal, la sanción es corporal", indicó el abogado.

Fuente: El Quintanarroense

0 comentarios: